En 1865, Manuel Herrera y Obes presentó ante el Instituto de Instrucción Pública que presidía un proyecto para establecer "Liceos Departamentales" en cada centro poblado "cabeza de Departamento" el que fue aprobado por la corporación y elevado "al Gobierno Provisorio, pidiéndole su adopción y las resoluciones consiguientes. Si bien el título sugería una referencia exclusiva a los estudios secundarios, en realidad éstos están previstos como mera posibilidad ya que la norma es preceptiva solo en cuanto a la enseñanza primaria. En cada capital departamental, dice el art. 1, "habrá una casa de educación, costeada con las rentas departamentales y con la denominación de Liceo". Y agrega el art. 2:"En dichas casas se dará gratis la instrucción primaria elemental, inferior y superior" lo que indica la imperatividad de la creación de escuelas primarias.
En cambio, el artículo 3 indica que "también podrán establecerse en ellas las aulas de estudios secundarios y de aplicación a diferentes carreras o profesiones, cuando las Juntas Departamentales (Juntas Económico Administrativas) con acuerdo previo del Instituto, juzgaren conveniente crearlas". Quedaba en consecuencia en manos de las Juntas Económico-Administrativas y del Instituto de Instrucción Pública la opción de poner en marcha o no los institutos liceales. "Los mismos que permitían ingresar en la Universidad y se daban en régimen de internado, no se previeron como gratuitos: la suma a pagar la debían fijar las Juntas, en acuerdo con el Instituto de Instrucción Pública(art.4 a 6) El articulado preveía también que los hijos de familias pobres que no residieran en el centro poblado, podían ingresar como internos, corriendo a cargo de la autoridad departamental su manutención, decencia y gastos de instrucción, pero no podían permanecer como tales más tiempo que el necesario para hacer y concluir la enseñanza primaria elemental, inferior y superior" La fundamentación de la propuesta reposaba en tres argumentos: el principal era que se consideraba necesario neutralizar el avance de la educación privada( por eso, "en esa liza abierta a todos los intereses de secta por medio de la enseñanza, el Estado debía apresurarse a tomar su puesto")
El segundo tenía que ver con "la tan debatida cuestión de la instrucción obligatoria" en la que se contraponían "la autoridad del Estado sobre sus ciudadanos y la del padre de familia sobre sus hijos" Manuel Herrera y Obes se pronunció en contra de los medios compulsivos, inclinándose por crear instituciones de educación" en las mismas localidades" de modo que se facilitara a los padres el envío de sus hijos a la escuela sin tener que gastar costosos traslados.
Finalmente también motivaba al autor" la necesidad de dar radicación y homogeneidad a su población tan heterogénea e impregnarla de ese amor al suelo en que se nace, que impregna el patriotismo" robustecido por las poderosas afecciones que se dan en la primera edad "y que el hombre jamás olvida"
Para el historiador Alfredo Castellano esta propuesta constituye un antecedente lejano de las leyes y decretos del Primer Batllismo.
(Manuel Herrera y Obes (Montevideo, 1806 - 1890) fue un político y diplomático uruguayo del Partido Colorado, uno de los prohombres de dicho partido y uno de los principales dirigentes del Gobierno de la Defensa durante la Guerra Grande.) Si hijo Julio Herrera y Obes fue Presidente de la República en 1890 y 1894.)
Ver:
Palomeque, Agapo Luis. La Educación primaria entre 1851 y 1875.Capitulo VIII Un proyecto de Manuel Herrera y Obes. Páginas 205 y 206 en Historia de la Educación Uruguaya. Montevideo febrero 2011. Ediciones de la Plaza.
En cambio, el artículo 3 indica que "también podrán establecerse en ellas las aulas de estudios secundarios y de aplicación a diferentes carreras o profesiones, cuando las Juntas Departamentales (Juntas Económico Administrativas) con acuerdo previo del Instituto, juzgaren conveniente crearlas". Quedaba en consecuencia en manos de las Juntas Económico-Administrativas y del Instituto de Instrucción Pública la opción de poner en marcha o no los institutos liceales. "Los mismos que permitían ingresar en la Universidad y se daban en régimen de internado, no se previeron como gratuitos: la suma a pagar la debían fijar las Juntas, en acuerdo con el Instituto de Instrucción Pública(art.4 a 6) El articulado preveía también que los hijos de familias pobres que no residieran en el centro poblado, podían ingresar como internos, corriendo a cargo de la autoridad departamental su manutención, decencia y gastos de instrucción, pero no podían permanecer como tales más tiempo que el necesario para hacer y concluir la enseñanza primaria elemental, inferior y superior" La fundamentación de la propuesta reposaba en tres argumentos: el principal era que se consideraba necesario neutralizar el avance de la educación privada( por eso, "en esa liza abierta a todos los intereses de secta por medio de la enseñanza, el Estado debía apresurarse a tomar su puesto")
El segundo tenía que ver con "la tan debatida cuestión de la instrucción obligatoria" en la que se contraponían "la autoridad del Estado sobre sus ciudadanos y la del padre de familia sobre sus hijos" Manuel Herrera y Obes se pronunció en contra de los medios compulsivos, inclinándose por crear instituciones de educación" en las mismas localidades" de modo que se facilitara a los padres el envío de sus hijos a la escuela sin tener que gastar costosos traslados.
Finalmente también motivaba al autor" la necesidad de dar radicación y homogeneidad a su población tan heterogénea e impregnarla de ese amor al suelo en que se nace, que impregna el patriotismo" robustecido por las poderosas afecciones que se dan en la primera edad "y que el hombre jamás olvida"
Para el historiador Alfredo Castellano esta propuesta constituye un antecedente lejano de las leyes y decretos del Primer Batllismo.
(Manuel Herrera y Obes (Montevideo, 1806 - 1890) fue un político y diplomático uruguayo del Partido Colorado, uno de los prohombres de dicho partido y uno de los principales dirigentes del Gobierno de la Defensa durante la Guerra Grande.) Si hijo Julio Herrera y Obes fue Presidente de la República en 1890 y 1894.)
Ver:
Palomeque, Agapo Luis. La Educación primaria entre 1851 y 1875.Capitulo VIII Un proyecto de Manuel Herrera y Obes. Páginas 205 y 206 en Historia de la Educación Uruguaya. Montevideo febrero 2011. Ediciones de la Plaza.
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