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sábado, 8 de febrero de 2020

La Carta Magna de 1215. Su importancia en la actualidad.

La Carta Magna. Su importancia en la actualidad.

Cada  mes de junio se cumplen el aniversario de la reunión que tuvo lugar en el paraje de Runnymede, a medio camino entre Windsor y Staines, al oeste de Londres, entre el rey Juan I de Inglaterra y un conjunto de barones que se había levantado en su contra. El documento que surgió de esta reunión, relativamente breve (tres mil 500 palabras) y redactado en latín, es conocido desde 1218 con el nombre de Carta Magna. La historia en torno a la Carta Magna y su legado es trascendente para el estudio de la libertad y la representatividad. Juan I, llamado popularmente Juan Sin Tierra fue rey de Inglaterra entre 1199 y 1216. Él es el tiránico monarca que está detrás de los abusos que llevaron al surgimiento del legendario Robin Hood. Juan es también el hermano menor de Ricardo I
Corazón de León, Como rey de Inglaterra, Ricardo regresó de la tercera cruzada con algunos éxitos a sus espaldas, pero sin haber logrado conquistar Jerusalén. Ricardo moriría en 1199 luchando en Normandía contra Felipe Augusto, rey de Francia. Es entonces cuando su hermano menor se convierte en Juan I. Una vez monarca, Juan emprendió una guerra en Francia que terminó con la pérdida de buena parte de los territorios que poseía la corona inglesa en el continente desde que Guillermo duque de Normandía, se convirtiera en rey de Inglaterra (1066). Los abusos reales no hicieron más que intensificarse con la subida al trono de Juan Sin Tierra.

La situación desventajosa de Juan se agravó a partir de 1205 cuando entró en conflicto directo con el Papa Inocencio III. El motivo concreto fue la negativa del rey a reconocer a Stephen Langton, quien había sido designado por Roma como arzobispo de Canterbury. Juan mantendría este conflicto con el Papa hasta 1212, cuando la inestabilidad interna y la amenaza de una invasión francesa lo llevó a pedirle perdón y a prometerle un tributo anual por los errores cometidos. Juan pudo entonces concentrarse en su guerra con Francia. Sin embargo, en julio de 1214 el ejército inglés y sus aliados continentales fueron destrozados en la batalla de Bouvines, que confirmó las victorias conseguidas durante las últimas dos décadas por el rey Felipe Augusto.
Aunque Juan no estuvo presente en Bouvines, es en este contexto de derrota que se inicia su trayecto forzado hacia Runnymede. Es cierto que ya se había dado una rebelión de barones en su contra en 1212 y que los barones del Norte habían manifestado su profundo descontento al año siguiente. Sin embargo, la derrota de Bouvines fue el detonador de una oposición más decidida y más organizada. El cansancio ante tanto impuesto y tanta guerra, así como la lista interminable de abusos de Juan se convirtió en acción directa: en mayo de 1215 comienzan las hostilidades entre el rey y un nutrido grupo de barones. La toma de Londres a mediados de ese mes y la amenaza de los barones sublevados de convertir al hijo del rey de Francia en monarca de Inglaterra obligaron a Juan a negociar. Apenas un mes después tendría lugar la reunión en Runnymede. La Carta Magna no es el resultado de una  reunión entre juristas para poner las bases del Estado de derecho en Occidente. Es el último recurso de un rey acorralado políticamente y asediado militarmente por barones que no estaban dispuestos a seguir soportando a un monarca que llevaba más de tres lustros abusando de su poder.
En la actualidad hablar sobre la importancia de la Carta Magna para la historia intelectual, legal y constitucional de Occidente es redundante. En la lengua española, “carta magna” es sinónimo de Constitución escrita o ley suprema de un Estado. Esta equivalencia sugiere la trascendencia del documento que nos ocupa. De hecho, la Carta que se convirtió en parte de la legislación inglesa y que por tanto trascendió en términos jurídicos no fue la de 1215, sino una versión posterior, de 1225.  La Carta Magna de 1215 es la base de prácticamente toda la versión sancionada 10 años después.. El texto correspondiente fue redactado poco más tarde por orden real y distribuido por todo el reino. Es un texto escrito a renglón seguido y sin subdivisiones; sin embargo, fue dividido hace tiempo en 63 breves apartados. 

En  su prefacio menciona a Juan, rey de Inglaterra “por la gracia de Dios”, y a toda una serie de altos cargos políticos, eclesiásticos y jurídicos. Todos ellos, incluido el rey, constituyen ese “nosotros” (“nos” o “we”) que recorre el texto. Ellos son quienes, en el primer apartado, conceden la libertad a la Iglesia de Inglaterra y quienes reconocen sus derechos Después de una serie de apartados cuyo principal objetivo es evitar peticiones monetarias excesivas por parte del rey y de un par de derechos concedidos a las viudas, el apartado 9 limita las posibilidades del monarca y de sus agentes de confiscar tierras o dinero por deudas impagadas. El trascendente apartado 12 limita los impuestos reales más importantes en aquella época  y pone el consentimiento de los barones como condición para imponerlos. El apartado 14 es también relevante, pues establece cómo se materializaría dicho consentimiento: mediante una asamblea de altos funcionarios, pero en la que participarían también todos los dueños directos de tierra. El apartado 24 reduce aún más la discrecionalidad de los agentes del rey; lo mismo hacen el 28, el 30, el 31 y el 38.
Llegamos así al apartado 39, que es considerado en la actualidad el más importante: “Ningún hombre libre puede ser arrestado, hecho prisionero, desposeído, puesto fuera de la ley, exiliado o de ninguna manera destruido, ni iremos en su contra o enviaremos a alguien en su contra, excepto mediante el juicio legal de sus iguales  o mediante la ley del reino . El apartado 40, también muy importante, dice lo siguiente: “A nadie venderemos y a nadie denegaremos o retrasaremos el derecho o la justicia”. Estos apartados reflejan meridianamente una de las grandes preocupaciones del documento: la impartición de justicia. En esta línea, el 45 establece que ningún agente legal del rey será designado si no conoce la ley del reino y pretende servirla como es debido. Por su parte, el 48 pretende garantizar una impartición local y expedita de la justicia.

El apartado 61 es, en cierto sentido, el más radical de todos. En él se establece que para garantizar el cumplimiento de todas las disposicione se formará un comité de 25 barones que certificarán dicho cumplimiento. Enseguida este apartado, el más largo de la Carta, estipula algo aún más radical, pues es un reconocimiento explícito del derecho de resistencia: en caso de una transgresión del rey o de sus agentes de cualquiera de dichas disposiciones, los barones podrán oponerse por la fuerza al rey hasta que la transgresión sea reparada. En su parte final este apartado establece que el monarca y sus agentes no harán nada para revocar o disminuir las concesiones y libertades estipuladas. El último apartado, el 63, reitera la libertad de la Iglesia de Inglaterra y afirma que los hombres del reino y sus herederos gozarán “en perpetuidad” de todas las libertades, derechos y concesiones mencionadas en el documento.

En octubre de 1216 murió inesperadamente el rey Juan. Su hijo Enrique, de apenas nueve años, fue proclamado rey de inmediato, pues se temía una reacción de los barones sublevados. Para terminar con la rebelión, en ese mismo año los hábiles consejeros del nuevo rey  presentan la Carta como el manifiesto político del monarca. La rebelión llegó a su fin. Enrique III la volvería a confirmar en 1217, 1225, 1253 y 1265. Además, entre 1225 y su muerte, acaecida en 1272, prometió en 12 ocasiones respetar y hacer respetar la Carta Magna Aunque no siempre cumplió su palabra, el futuro inglés del documento estaba asegurado y con él, por motivos históricos en los que es imposible explayarse aquí, su futuro como uno de los pilares de la cultura política y del lenguaje constitucional de Occidente.
Cabe precisar que el “Estado de derecho”, el “gobierno parlamentario” y más aún algo que pueda denominarse “gobierno democrático” están sólo prefigurados También es cierto que contribuyó al surgimiento tiempo después, de un Estado que requería del consentimiento de los gobernados para implantar impuestos. Más importante, en términos históricos, es que se convirtió en salvaguarda para un número cada vez mayor de individuos frente al poder arbitrario en Inglaterra primero y luego, paulatinamente, en otras partes del mundo.
En países, en los que existe un Estado de derecho, sigue siendo una referencia, sobre todo cuando los gobernantes cometen cierto tipo de arbitrariedades. En el Reino Unido, cuatro de las 63 disposiciones siguen siendo parte de la legislación británica.
Resumiendo;
La Carta Magna de 1215 representa una pieza histórica que significa, para el pensamiento contemporáneo, un avance civilizatorio muy relevante desde variados puntos de vista. Al respecto, el medievalista J.Le Goff plantea que es uno de aquellos instrumentos que permitió moderar el poder monárquico en la Inglaterra del siglo XIII, colaborando con ello a otorgar, en el transcurso del tiempo, el necesario equilibrio político, y constituyéndose en un verdadero límite a la soberanía real respecto al uso, y abuso muchas veces, de sus facultades en relación con sus súbditos, y en particular, aquellos súbditos “barones”, “eclesiásticos” e incluso “burgueses”.

Desde similar perspectiva se plantea que la Carta Magna constituye un proceso de maduración política por la cual se comienza a visualizar un estado con perfiles protoconstitucionales o a construir los primeros perfiles de una monarquía constitucional.
 “Ningún hombre libre será tomado o aprisionado, desposeído de sus bienes, proscrito o desterrado, o de alguna manera destruido; no nos dispondremos sobre él, ni lo pondremos en prisión, sino por el juicio legal de sus pares, o por la ley del país». 
En resumen, la Carta Magna es un acuerdo que se alcanzó el 15 de junio de 1215 entre el rey de Inglaterra, Juan sin Tierra, y los barones ingleses que se encontraban sublevados ante la autoridad real; y que a modo de base para un arreglo, le propusieron esta carta al rey Juan sin Tierra. La sublevación y los términos del arreglo, representados en la Carta Magna, no sólo respondían a los intereses de la Baronía, sino que también representaban los asuntos de importancia para el clero y la burguesía, siendo estos tres sectores quienes tuvieron regulaciones que les implicaban, incluyendo también jurídicamente casi todos los aspectos de la vida en la Inglaterra del siglo XIII: trata de los barones y los mercaderes, de los impuestos y de los deberes de los funcionarios reales, de la Iglesia y de la familia, de las ciudades y de los bosques.
Tomado de un artículo de Roberto Breña
Profesor-investigador del Centro de Estudios Internacionales de El Colegio de México.


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